La regulación
establece unos “patrones de conducta” que indican los límites y/o estándares
mínimos exigibles para evitar el conflicto o el riesgo (prevención). Sin la
regulación es posible que no se aplicasen de forma voluntaria medios de
prevención. En este sentido podemos encontrar el “estado anómico”, en el cual
existen huecos de seguridad en la regulación, o no se vigila el cumplimiento de
la misma. Para finalizar cabe añadir que además de evitar el riesgo la
regulación también puede fomentar comportamientos seguros, posiblemente el
mecanismo / herramienta más completa ya que reúne un carácter más positivo y de
iniciativa propia de la persona física o jurídica.
El entorno influye
en la prevención. Cualquier medida aplicable o forma de actuar está influida de
forma clara por el entorno, el ambiente social, económico y cultural. Existe
una interrelación entre comportamiento, entorno y prevención:
Del resultado
de las tres variables puede producirse un entorno violento o un entorno seguro.
Uno de los principales motivos de esta vinculación entre los factores
prevención / entorno, es que se suelen reproducir patrones del entorno, (ej: el
niño maltratado que de mayor mantiene una relación con una pareja a la que
maltrata físicamente).
En la prevención,
tanto el derecho como la educación, pueden cambiar comportamientos, siendo ambas
formas necesarias y complementarias. Se debe educar pero con una regulación
paralela que delimite los términos necesarios, de la misma forma que solo
regulando no se puede conseguir el objetivo si no se completa con acciones
educativas que cambien la cultura de las personas, organizaciones y sociedades.
Educación + Regulación =
Prevención
Aún así la misma educación, sus contenidos y estructura están definidos en una normativa.
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